- 01Presenta la demanda en el Juzgado de Primera Instancia del domicilio del deudor o del lugar de la obra.
- 02Reúne factura, contrato, reclamaciones previas y DNI; numéralos y haz un índice antes de entregar.
- 03Verifica si tu cuantía cabe en juicio verbal (≤ 15.000 €) o en monitorio (≤ 2.000 €) y si necesitas abogado.
María, autónoma en Madrid, lleva tres meses esperando el pago de una factura de 4.200 € por una reforma que terminó en julio. El cliente no contesta ni a los mensajes de WhatsApp ni al burofax que envió su gestor.
¿Dónde iniciar una demanda? Juzgado competente
La regla general es presentar la demanda en el Juzgado de Primera Instancia del partido judicial donde vive el demandado o donde se ejecutó la obra. Si el importe no supera los 15.000 €, el asunto se tramita por juicio verbal según el LEC art. 250.2. Para cuantías mayores se sigue el juicio ordinario. Comprueba siempre el partido judicial en la web del Consejo General del Poder Judicial antes de ir al juzgado.
Juicio verbal o monitorio: qué ruta elegir
El proceso monitorio es más rápido y no requiere abogado ni procurador para cuantías hasta 2.000 €, pero solo sirve para deudas líquidas, vencidas y exigibles documentadas (facturas, albaranes, contratos). Si la deuda supera ese límite o el deudor se opone, el asunto pasa a juicio verbal. En el juicio verbal la cuantía máxima es 15.000 € y tampoco es preceptiva la intervención de letrado ni procurador (LEC arts. 23.2 y 31.2). Evalúa cuál se adapta a tu caso antes de presentar nada.
Documentos que necesitas antes de presentar la demanda
Reúne los siguientes papeles y numéralos correlativamente; el juzgado los pedirá en un índice.
| Documento nº | Descripción |
|---|---|
| 1 | Factura original firmada o con sello del cliente |
| 2 | Contrato o presupuesto aceptado por ambas partes |
| 3 | Comunicaciones de reclamación (burofax, correo certificado, WhatsApp con acuse de recibo) |
| 4 | Justificante de entrega de la obra o servicio |
| 5 | DNI/NIF de ambas partes y domicilio completo del demandado |
Además, si presentas la demanda en catalán, euskera o gallego y el procedimiento tiene efectos fuera de la comunidad o alguna parte alega no entender la lengua, aporta la traducción al castellano (LOPJ art. 231.4).
Checklist de presentación en el juzgado
- Redacta la demanda con hechos numerados y petición clara.
- Firma a mano al final, añadiendo nombre en letra de imprenta, domicilio y teléfono.
- Prepara una copia por cada demandado más el original para el juzgado.
- Adjunta los documentos numerados y el índice.
- Verifica que la cuantía encaja en juicio verbal (≤ 15.000 €) o monitorio (≤ 2.000 €).
- Confirma que no se exige abogado ni procurador en tu caso (LEC arts. 23.2 y 31.2).
- Entrega el conjunto en la oficina judicial o a través de la sede electrónica del juzgado.
- Guarda el justificante de presentación (número de procedimiento y fecha).
Plazos y tasas: lo que debes saber
El plazo para interponer la demanda es de cinco años desde el vencimiento de la factura (art. 1964 CC). La tasa judicial la fija el juzgado; en juicios verbales de hasta 15.000 € suele ser reducida, pero confirma el importe actual en la web del Ministerio de Justicia o en la propia oficina judicial. No hay tasas en el proceso monitorio si la cuantía no supera 2.000 €. Recuerda que las normas cambian y lo que indica el juzgado hoy es lo que vale.
Qué pasa después de presentar la demanda
Una vez admitida, el juzgado emite el emplazamiento al demandado. En juicio verbal se señala vista en un plazo de 20 días hábiles; en monitorio el deudor tiene 20 días para pagar o oponerse. Si el deudor no comparece, el juez puede dictar sentencia estimatoria. Mantén el número de procedimiento a mano para consultar el estado en la sede electrónica o preguntar en la oficina judicial.
Guía de preparación te ayuda a organizar los escritos y documentos antes de ir al juzgado.
Si quieres seguir el avance de tu caso, consulta cómo va mi demanda.
Para conocer los campos que pide el juzgado en un juicio verbal de cantidad, revisa juicio verbal reclamación de cantidad.
Y si antes de demandar debes hacer una reclamación previa, mira reclamación previa antes de demandar.
Comprueba el formato antes de presentar
Consulta qué exige el juzgado de tu zona y qué incluye un paquete preparado.
Preguntas frecuentes
¿Puedo presentar la demanda yo mismo sin abogado?
Sí, en juicios verbales de hasta 15.000 € y en monitorios de hasta 2.000 € la ley no exige abogado ni procurador (LEC arts. 23.2 y 31.2).
¿Qué pasa si el demandado no tiene domicilio conocido?
Sin un domicilio válido para el emplazamiento el juzgado no puede admitir la demanda; debes localizar una dirección postal o electrónica donde notificar.
¿Cuánto cuesta la tasa judicial en un juicio verbal?
El importe lo fija cada juzgado; consulta la web del Ministerio de Justicia o pregunta en la oficina judicial antes de presentar.
¿Cuánto tarda el juzgado en citar a las partes?
En juicio verbal la vista suele señalarse en 20 días hábiles tras la admisión; en monitorio el deudor tiene 20 días para pagar u oponerse.
Fuentes oficiales
- LOPJ, Ley Orgánica 6/1985, art. 231 y art. 231.4 (lengua oficial propia de las Comunidades Autónomas y traducción) 2026-10-19
- Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, art. 250.2 (juicio verbal por razón de la cuantía, hasta 15000 EUR) 2026-10-19
- Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, art. 399 (contenido y forma de la demanda) 2026-10-19
- Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, art. 437 (contenido de la demanda en el juicio verbal y documentos que la acompañan) 2026-10-19
Información general sobre trámites judiciales. No es asesoramiento jurídico ni crea una relación abogado-cliente. Las normas cambian: comprueba las instrucciones publicadas por el juzgado antes de presentar nada.