- 01Si tu reclamación no supera los 15.000 €, se tramita como juicio verbal y puedes presentarte sin abogado si la cuantía es de hasta 2.000 €.
- 02Numera cada documento y acompáñalo de un índice; sin índice, el juzgado puede requerir que subsanes.
- 03Firma la demanda a mano y guarda una copia con el resguardo de presentación.
Empieza por la cuantía: ¿juicio verbal u ordinario?
Cuando vas a reclamar una cantidad pequeña, lo primero que debes saber es que si la deuda no supera los 15.000 €, tu demanda se tramita como juicio verbal en el Juzgado de Primera Instancia. Esta cifra la fija el artículo 250.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Por encima de ese importe, el asunto pasa a juicio ordinario, que exige abogado y procurador. Así que, si tu reclamación es de 3.000 € por una factura impagada o de 800 € por una reparación defectuosa, estás dentro del juicio verbal.
Pero ojo: no basta con saber el tipo de procedimiento. El juzgado va a mirar con lupa que tu demanda esté bien presentada y que los documentos estén en orden. Una demanda mal organizada puede retrasarse o incluso devolverse. Por eso, antes de escribir nada, conviene que prepares el expediente completo.
Qué documentos necesitas para tu demanda
La ley exige que acompañes a tu demanda los documentos en los que basas tu reclamación. No vale con decir “me deben 2.500 €” y ya está. Tienes que demostrarlo con papeles: el contrato, las facturas, los correos, los mensajes… Todo lo que acredite la deuda o el incumplimiento.
Estos documentos deben ir numerados correlativamente y relacionados en un índice. Por ejemplo: documento nº 1, contrato de arrendamiento; documento nº 2, factura impagada; documento nº 3, burofax de reclamación. Ese índice se incluye al final de la demanda, antes de la firma. Si no lo haces así, la oficina judicial puede tener problemas para referirse a cada papel, y eso suele acabar en un requerimiento de subsanación.
Además, necesitas una copia de la demanda por cada parte demandada, además del original para el juzgado. Si demandas a dos personas, lleva el original y dos copias. Cada copia debe llevar también los documentos numerados y su índice. No escatimes en copias: es mejor que sobre una a que falte.
Cómo organizar los documentos: el índice es tu aliado
El índice de documentos no es un mero trámite. Es la hoja de ruta que va a usar el juzgado para localizar cada prueba. Hazlo sencillo: una tabla o una lista con el número, el nombre del documento y la fecha. Por ejemplo:
- Contrato de compraventa, 15/03/2025
- Factura nº 2025-118, 20/04/2025
- Correo electrónico de reclamación, 02/05/2025
Cada documento debe estar numerado en la esquina superior derecha, con el mismo número que aparece en el índice. Si aportas fotografías, imprímelas y numéralas también. No las dejes sueltas en un sobre; el juzgado no las va a buscar.
Recuerda que los documentos deben presentarse en papel A4, con márgenes de 2,5 cm y letra Times New Roman de 12 puntos. Si presentas por vía telemática, el sistema te pedirá los mismos datos, pero en formato digital. Consulta la Sede Judicial Electrónica para saber si tu caso permite o exige la presentación telemática.
La demanda: estructura y contenido
La demanda de juicio verbal tiene una estructura fija que debes respetar. Empieza con el encabezamiento: indica el Juzgado de Primera Instancia (puedes dejarlo en blanco si aún no sabes cuál te corresponde), el número de procedimiento si ya existe, y el tipo de procedimiento (juicio verbal). Después, identifica a las partes: demandante y demandado, con nombre completo, domicilio y, si lo tienes, DNI o NIF.
En el cuerpo de la demanda, escribe los hechos numerados, en orden cronológico, sin calificarlos jurídicamente. Por ejemplo: “1. El 15 de marzo de 2025 compré un móvil en la tienda X por 800 €, pagado con tarjeta.” No digas “el demandado incumplió el contrato”, porque eso es una calificación jurídica; limítate a describir lo que pasó.
Después de los hechos, incluye un apartado de comunicaciones entre las partes: cada intento de reclamación, con quién, cuándo y por qué medio. Esto demuestra que intentaste resolver el asunto antes de ir al juzgado. Finalmente, en el suplico, pide al juzgado lo que quieres, de forma clara y fáctica: “Que se condene al demandado a pagarme la cantidad de 800 € más los intereses legales.” No añadas fundamentos jurídicos en el suplico.
Errores comunes que debes evitar
Hay varios fallos que hacen que el juzgado te devuelva la demanda o te pida que la subsanes. El más habitual es presentar sin firma. La demanda debe ir firmada a mano, con tu nombre en letra de imprenta debajo. Un escrito sin firma no se tiene por presentado. Así que no olvides firmar antes de entregarla.
Otro error frecuente es no numerar los documentos. Si los aportas sin índice, el juzgado no sabe a qué papel te refieres. También es común olvidar el domicilio del demandado o ponerlo incompleto. Sin un domicilio válido, la oficina judicial no puede practicar el emplazamiento, y la demanda se queda en un cajón.
Y un clásico: elegir mal el procedimiento. Si pides juicio verbal para una cantidad superior a 15.000 €, te lo van a inadmitir o te van a exigir abogado y procurador. Comprueba siempre la cuantía antes de presentar.
¿Necesitas abogado o procurador?
En el juicio verbal, la intervención de abogado y procurador no es preceptiva cuando la cuantía no supera los 2.000 €, según los artículos 23.2 y 31.2 de la LEC. Es decir, puedes presentarte por ti mismo. Si la cuantía está entre 2.000 € y 15.000 €, la ley no dice expresamente que sea obligatorio, pero conviene que consultes con un profesional o que verifiques el texto vigente antes de presentar.
Si decides ir sin abogado, asegúrate de que tu demanda cumple todos los requisitos de forma. La oficina judicial no va a corregir tus errores; te los va a señalar para que los subsanes. Por eso es importante que sigas la estructura que te hemos dado.
Las tasas judiciales: qué saber
Las tasas judiciales son un impuesto que se paga por presentar ciertos recursos y demandas. No todas las reclamaciones están sujetas a tasa, y las personas físicas suelen estar exentas en muchos casos. Pero no puedo decirte aquí cuánto pagarás, porque depende de tu situación y del tipo de procedimiento. Lo mejor es que consultes el BOE para ver la normativa vigente y que preguntes en el juzgado o en la Sede Judicial Electrónica.
Si te corresponde pagar tasa, el juzgado te indicará cómo hacerlo. No la pagues por adelantado sin confirmar que tu caso está sujeto. Y guarda siempre el justificante de pago, porque lo necesitarás para presentar la demanda.
Guarda copia de todo
Antes de presentar, haz una copia completa de toda la demanda y de los documentos, y consérvala junto con el resguardo de presentación sellado o electrónico. Ese resguardo es tu prueba de que presentaste en plazo, así que no lo pierdas.
También te conviene anotar el número de procedimiento que te asignen, porque lo usarás en todas las comunicaciones posteriores. Y si presentas en catalán, euskera o gallego, comprueba si el procedimiento puede salir de tu comunidad o si alguna parte alega no entender la lengua; en ese caso, deberás aportar traducción al castellano, según el artículo 231.4 de la LOPJ.
Organizar bien los documentos desde el principio te ahorrará sustos. Si quieres más detalles sobre cómo preparar tu demanda, puedes ver la guía de preparación o el índice de artículos. También te puede interesar saber si necesitas abogado para un juicio verbal.
Comprueba el formato antes de presentar
Consulta qué exige el juzgado de tu zona y qué incluye un paquete preparado.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si presento la demanda sin firmar?
Un escrito sin firma no se tiene por presentado por la parte. Debes estampar tu firma a mano antes de entregar la demanda.
¿Tengo que numerar los documentos que acompaño a la demanda?
Sí, la ley exige que los documentos se aporten numerados correlativamente y relacionados en un índice, para que el juzgado pueda referirse a cada uno por su número.
¿Puedo presentar la demanda sin abogado si la cuantía es de 5.000 €?
En el juicio verbal, la intervención de abogado y procurador no es preceptiva cuando la cuantía no supera los 2.000 €. Para cuantías superiores, consulta el texto vigente de la LEC o pregunta en el juzgado.
¿Qué hago si no sé qué juzgado me corresponde?
La demanda se presenta en el Juzgado de Primera Instancia del partido judicial del domicilio del demandado o del lugar de los hechos. Si no lo tienes claro, compruébalo antes de presentar.
Fuentes oficiales
- LOPJ, Ley Orgánica 6/1985, art. 231 y art. 231.4 (lengua oficial propia de las Comunidades Autónomas y traducción) 2026-10-19
- Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, art. 250.2 (juicio verbal por razón de la cuantía, hasta 15000 EUR) 2026-10-19
- Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, art. 399 (contenido y forma de la demanda) 2026-10-19
- Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, art. 437 (contenido de la demanda en el juicio verbal y documentos que la acompañan) 2026-10-19
Información general sobre trámites judiciales. No es asesoramiento jurídico ni crea una relación abogado-cliente. Las normas cambian: comprueba las instrucciones publicadas por el juzgado antes de presentar nada.