- 01Comprueba si la cuantía supera 15.000 euros para elegir entre juicio verbal y ordinario.
- 02Numera los documentos y relaciónalos en un índice dentro de la demanda.
- 03Firma a mano la demanda e incluye el domicilio del demandado para el emplazamiento.
Una pequeña deuda no siempre llega al juzgado por el mismo camino
Un autónomo presenta la factura de una reparación y el cliente no la paga. Antes de escribir la demanda, conviene decidir qué vía corresponde, qué datos identifican al demandado y qué documentos demuestran la deuda. Si la reclamación supera 15.000 euros, no se tramita igual que una cantidad inferior.
Saber cómo demandar a alguien empieza por distinguir las dos rutas principales: el juicio verbal y el juicio ordinario. La diferencia no está solo en la cantidad reclamada; también cambia la forma de presentar el escrito, la intervención de abogado y procurador y la documentación que acompaña a la demanda.
Dos rutas según la cuantía
El juicio verbal se utiliza para demandas que no excedan de 15.000 euros, conforme al artículo 250.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Por encima de esa cifra, el asunto se tramita como juicio ordinario.
Si no sabes por dónde empezar, la página del juzgado para España te-help will help you localizar el centro de referencia. El repartidor general de cada partido judicial decide qué oficina tramita el caso, y no conviene elegir un juzgado por su cercanía o por el nombre de su ciudad.
La cantidad reclamada incluye la deuda principal y los intereses que se hayan pedido. La *página de los juzgados cubiertos permite comprobar la cobertura territorial del servicio.
Qué datos necesita cada escrito
La demanda ordinaria se presenta firmada, con los datos de identificación de las partes, los hechos numerados y la petición concreta. El artículo 399 de la LEC regula su contenido y forma, por lo que conviene consultar el texto oficial en el BOE.
En el juicio verbal, el artículo 437 de la LEC regula el contenido de la demanda y los documentos que deben acompañarla. Aunque el procedimiento sea verbal, eso no significa que el escrito pueda ser escueto o quedar sin firma: la oficina judicial necesita saber quién reclama, contra quién, por qué motivo y cuánto se pide.
Hechos que conviene señalar
Los hechos se ordenan con numeración para que el juzgado pueda seguirlos sin volver a leer un bloque largo. Repasa que cada apartado tenga un orden claro.
Antes de elegir la vía, comprueba la *guía de preparación del expediente para organizar la información.
La lista de documentos para la demanda
Los documentos se numeran de forma correlativa y se relacionan en un índice. El juzgado puede así referirse a cada prueba como «documento nº 1», «documento nº 2» o «documento nº 3». Si no aparecen numerados ni indexados, el expediente puede ser devuelto para que lo corrijas.
| Documento o dato | Para qué sirve |
|---|---|
| Factura, contrato o presupuesto | Identificar la deuda, su importe y las condiciones pactadas |
| Justificante de pago o de entrega | Mostrar qué se hizo y qué se cobró |
| Correos, mensajes o全域 capturas | Reflejar los intentos de cobro y las respuestas recibidas |
| Documento de identidad y domicilio | Identificar al demandado y enables el emplazamiento |
| Número de cuenta para el pago | Facilitar la información necesaria cuando el juzgado la solicite |
Los correos y los mensajes pueden servir para acreditar que el demandado reconoce la deuda o que fue requerido. Guardar el original y una copia legible evita problemas si el archivo no se abre o se cambia el dispositivo.
Un justificante de la reclamación previa puede completar el historial, pero no sustituye a la prueba de la obligación. La reclamación previa de costes y trámites explica qué datos convienegather antes de escribir al otro.
¿Puedo pedir la cantidad sin abogado?
En algunos asuntos la intervención de abogado y procurador no es preceptiva y puedes presentarte por ti mismo. No todos los procedimientos son iguales: el artículo 23.2 de la LEC regula la intervención no preceptiva, mientras que el artículo 31.2 regula la comparecencia en juicio sin abogado ni procurador. Consulta el texto oficial de la LEC y comprueba si tu caso exige representación.
En un juicio verbal por cuantía, el材料 paperwork se presenta con firma manuscrita, nombre en letra de imprenta, domicilio y teléfono de contacto. La firma no es un detalle administrativo: un escrito sin firma no puede tenerse por presentado por la parte. Si el juzgado te pide además abogado o procurador, presenta el escrito con la asistencia que corresponda.
Los pasos de preparación son distintos según la vía. La guía de cómo funciona el servicio explica cómo se organiza la documentación antes de la presentación.
Comprueba el formato antes de presentar
Consulta qué exige el juzgado de tu zona y qué incluye un paquete preparado.
Preguntas frecuentes
¿Puedo reclamar una deuda sin abogado?
En algunos asuntos no es preceptiva la intervención de abogado y procurador, y puedes presentarte por ti mismo. Comprueba los artículos 23.2 y 31.2 de la LEC para tu caso concreto. Si el procedimiento exige representación, presenta la demanda con la asistencia correspondiente.
¿Cuánto cuesta presentar una demanda?
La tasa judicial depende del procedimiento y de la cuantía reclamada, por lo que no conviene estimar el importe sin consultar. La oficina judicial o la [*página dePreparation](/es/prepare/) te indicarán lo que corresponda en tu caso.
¿Qué pasa si no tengo el domicilio del demandado?
Sin un domicilio en el que practicar el emplazamiento, la oficina judicial puede tener dificultad para dar curso a la demanda. Antes de presentar, comprueba los datos de identificación y localization del demandado.
¿En qué idioma puedo escribir la demanda?
Puedes presentar en castellano o en la lengua cooficial de la comunidad autónoma correspondiente. Si el procedimiento tiene efectos fuera de la comunidad o alguna parte alega no entender la lengua, comprueba la traducción al castellano que exige el artículo 231.4 de la LOPJ.
Fuentes oficiales
- LOPJ, Ley Orgánica 6/1985, art. 231 y art. 231.4 (lengua oficial propia de las Comunidades Autónomas y traducción) 2026-10-19
- Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, art. 250.2 (juicio verbal por razón de la cuantía, hasta 15000 EUR) 2026-10-19
- Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, art. 399 (contenido y forma de la demanda) 2026-10-19
- Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, art. 437 (contenido de la demanda en el juicio verbal y documentos que la acompañan) 2026-10-19
Información general sobre trámites judiciales. No es asesoramiento jurídico ni crea una relación abogado-cliente. Las normas cambian: comprueba las instrucciones publicadas por el juzgado antes de presentar nada.