• 01Reúne la copia auténtica de la sentencia, el certificado de liquidación y el justificante de notificación antes de presentar la ejecución.
  • 02Rellena el escrito con todos los datos obligatorios y numera correlativamente cada documento adjunto.
  • 03Presenta la solicitud en el Juzgado de Primera Instancia del domicilio del deudor y espera el auto de embargo.
Ejecución de sentencia para cobrar deuda: qué pide el juzgado y por qué

Tienes la sentencia firme y el deudor no paga

María ganó un juicio verbal por 4.200 € contra una tienda de reformas que no terminó la obra. La sentencia es firme desde hace tres meses, pero la cuenta sigue a cero. Ahora debe pedir la ejecución de sentencia para cobrar la deuda y no sabe qué papeles le va a pedir el juzgado.

Qué es la ejecución de sentencia y cuándo procede

La ejecución de sentencia es el trámite que permite hacer efectivo el fallo cuando el demandado no cumple voluntariamente. Solo se puede iniciar una vez que la resolución es firme (no cabe recurso) y el importe supera los 2.000 € o, si es inferior, se tramita por la vía del juicio verbal. El Juzgado de Primera Instancia del domicilio del deudor es el competente para conocer de la ejecución.

Documentos que el juzgado te pide

Documento Por qué se pide
Copia auténtica de la sentencia firme Acredita el título ejecutivo y su contenido.
Certificado de la cuenta de la parte ejecutante (liquidación de intereses, costas, etc.) Permite al juzgado calcular la cantidad exacta a embargar.
Poder notarial o apud acta si actúas con procurador Garantiza la representación procesal correcta.
Escrito de solicitud de ejecución firmado por el demandante Inicia formalmente el procedimiento y fija la cuantía.
Justificante de notificación de la sentencia al deudor Demuestra que el deudor conoció el fallo y no lo cumplió.

Datos obligatorios en el escrito de ejecución (checklist)

  1. Identificación completa de demandante y demandado (nombre, DNI/NIF, domicilio).
  2. Referencia de la sentencia (número de procedimiento, fecha, juzgado que la dictó).
  3. Cuantía total reclamada, desglosada en principal, intereses y costas.
  4. Petición concreta: embargo de cuentas, nómina, bienes muebles o inmuebles.
  5. Firma manuscrita del demandante con nombre en letra de imprenta, domicilio y teléfono.
  6. Índice correlativo de los documentos adjuntos (documento nº 1, nº 2, …).

Errores frecuentes que frenan la ejecución

  • Presentar la solicitud sin la copia auténtica de la sentencia; el juzgado la devuelve por defecto de título ejecutivo.
  • Olvidar el certificado de liquidación de intereses y costas; sin él no se fija la cuantía exacta.
  • No aportar el justificante de notificación al deudor; el juzgado exige prueba de que el fallo le llegó.
  • Firmar solo con firma digital sin la rúbrica manuscrita cuando el procedimiento exige firma a mano.
  • Enviar los documentos sin numerar ni indexar; la LEC exige orden correlativo para su localización.

Pasos tras presentar la demanda de ejecución

  1. El juzgado admite a trámite la solicitud y señala al deudor para que pague en 20 días.
  2. Si el deudor no paga, el juzgado dicta auto de embargo sobre los bienes localizados.
  3. Se practica el embargo (cuentas bancarias, nómina, vehículo, inmueble) según la disponibilidad.
  4. Si hay bienes embargados, se procede a la subasta o adjudicación para satisfacer la deuda.
  5. Una vez cobrado, el juzgado archiva la ejecución y expede testimonio de cancelación.

Enlaces útiles y siguientes pasos

  • Consulta la guía práctica para preparar tu escrito en /es/es/prepare/.
  • Revisa los modelos de demanda de ejecución en /es/articles/demanda-ejecucion-sentencia-divorcio-pruebas/ (el esquema es igual para deudas).
  • Si necesitas saber qué juzgado te corresponde, usa el buscador de /es/courts/.
  • Recuerda que las normas pueden cambiar; la oficina judicial siempre tiene la última palabra.

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Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la ejecución si la sentencia no es firme?

No. La ejecución solo procede cuando la resolución no admite recurso alguno; de lo contrario el juzgado la rechazará.

¿Qué pasa si el deudor no tiene bienes embargables?

El juzgado declarará la insolvencia provisional y archivará la ejecución hasta que aparezcan bienes o ingresos del deudor.

¿Es obligatorio tener procurador para la ejecución de sentencia?

En ejecuciones de cuantía superior a 2.000 € la ley exige procurador; por debajo puedes comparecer personalmente, salvo que el juzgado lo exija.

¿Cuánto tiempo tarda el juzgado en dictar el auto de embargo?

Depende de la carga del juzgado; la ley no fija un plazo exacto, pero suele ser cuestión de semanas tras la admisión a trámite.

Fuentes oficiales

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