- 01Numera y indexa cada documento (documento nº 1, nº 2…) antes de presentar la demanda; sin índice el juzgado no los admite.
- 02Firma a mano la demanda, incluye tu domicilio y teléfono, y lleva tantas copias como demandados haya más el original.
- 03Comprueba que la cuantía no supera 15 000 € y que no necesitas abogado ni procurador; de lo contrario, el trámite se rechaza.
Marta vendió un móvil por Wallapop en septiembre y el comprador dice que llegó roto; tiene capturas del chat, el albarán de Correos y la factura de compra, pero no sabe si eso basta para una demanda de juicio verbal por reclamación de cantidad. El juzgado de primera instancia solo admite lo que está numerado, indexado y firmado, así que el orden del expediente decide si tu caso avanza o se para en la ventanilla.
Qué documentos guarda el juzgado y cuáles no
El Juzgado de Primera Instancia solo custodia los documentos que acompañas a la demanda y que relacionas en un índice correlativo (LEC art. 437). Todo lo que no lleve número de orden —documento nº 1, documento nº 2— queda fuera del procedimiento. Las capturas de pantalla sueltas, los audios de WhatsApp sin transcribir o los correos reenviados sin cabecera completa no suelen servir como prueba documental si no los presentas como archivo adjunto con su número y descripción.
Nombra y numera cada documento antes de presentar
Usa un criterio único: «Documento nº 1 – Factura de compra 12/09/2026», «Documento nº 2 – Albarán de envío Correos 14/09/2026», «Documento nº 3 – Capturas chat Wallapop 15/09/2026». El nombre del archivo en el pendrive o en la plataforma LexNET debe coincidir con ese índice. Si presentas en papel, grapa cada documento a su hoja de índice; si lo haces telemáticamente, sube un PDF único con índice al frente y cada prueba a continuación. La Ley de Enjuiciamiento Civil exige que la demanda venga acompañada de los documentos en que se funda y relacionados de forma ordenada.
Lista de documentos típicos según el tipo de deuda
| Tipo de reclamación | Documentos imprescindibles | Documentos útiles si existen |
|---|---|---|
| Factura impagada (autónomo/pyme) | Factura firmada/sellada, albarán de entrega, contrato o pedido | Emails de confirmación, partes de trabajo firmados |
| Fianza de alquiler no devuelta | Contrato de arrendamiento, recibo de fianza, comunicación de salida, fotos del estado del inmueble | Certificado de comunidad al corriente, testigos de la entrega de llaves |
| Compra online no recibida | Confirmación de pedido, justificante de pago, comunicaciones con vendedor, reclamación a plataforma | Capturas de seguimiento, denuncia en consumo |
| Derrama comunidad no pagada | Acuerdo de junta, certificado de deuda del administrador, estatutos | Acta de la junta, recibos anteriores |
Checklist: antes de ir al juzgado
- Demanda firmada a mano con nombre en letra de imprenta, domicilio y teléfono de contacto.
- Original para el juzgado y una copia por cada demandado.
- Índice de documentos numerados correlativamente (documento nº 1, nº 2…).
- Todos los documentos referenciados en el índice, en el mismo orden.
- Comprobante de que la cuantía no supera 15 000 € (límite del juicio verbal según LEC art. 250.2).
- Verificación de que no necesitas abogado ni procurador (LEC arts. 23.2 y 31.2) o, si los necesitas, que constan designados.
- Si presentas en catalán, euskera o gallego y el procedimiento tiene efectos fuera de la comunidad o alguna parte alega no entender la lengua, traducción al castellano (LOPJ art. 231.4).
- Juzgado y partido judicial competentes según domicilio del demandado o lugar de los hechos.
Errores frecuentes que devuelven la demanda
La causa más común de rechazo es la falta de firma manuscrita: un escrito sin firma no se tiene por presentado. Segundo, documentos sin numerar ni índice; la oficina judicial no puede referirse a «la factura» si no tiene número de orden. Tercero, domicilio del demandado incompleto o erróneo, lo que impide el emplazamiento. Cuarto, elegir el cauce equivocado: pedir juicio verbal para cuantía superior a 15 000 € o juicio ordinario para cuantía que corresponde a verbal. Quinto, presentar en lengua cooficial fuera de su ámbito sin traducción cuando se exige. Las normas cambian y las instrucciones actuales del juzgado son las que mandan.
Qué hace el secretario judicial con tus papeles
Al recibir la demanda, el secretario comprueba que está firmada, que el índice existe y que cada documento lleva su número. Si falta algo, dicta decreto de subsanación dándote un plazo breve para completar. Si todo está correcto, asigna número de procedimiento, sella la copia del demandante y ordena el emplazamiento al demandado. A partir de ese momento, el expediente judicial es la única fuente de verdad: lo que no conste en él, para el tribunal no existe.
Cómo presentar copias y originales
Lleva los originales para exhibirlos en la vista, pero el juzgado se queda con las copias que aportas en la demanda. Si presentas telemáticamente, sube copias escaneadas a 300 ppp en PDF/A; guarda los originales por si el juez los pide en la comparecencia. En juicios verbales no hay fase previa de proposición de pruebas distinta a la demanda: lo que no aportes ahora, difícilmente podrás aportar después. Consulta la guía sobre proposición de pruebas en juicio verbal para saber qué ruta seguir según tu caso.
Si la cuantía pasa de 15 000 euros
Cuando el importe supera 15 000 €, el asunto se tramita como juicio ordinario y la representación de abogado y procurador suele ser preceptiva. Revisa la cuantía real —capital, intereses y costas— antes de elegir el formulario. Si te equivocas, el juzgado te instará a reconducir el procedimiento y perderás tiempo. Para importes menores, el juicio verbal permite comparecer sin letrado si la ley no lo exige; verifica tu caso en el artículo 23.2 LEC y en la guía de demanda de juicio verbal sin abogado.
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Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si presento la demanda sin firmar a mano?
La oficina judicial no la tiene por presentada y te requerirá que la firmes en un plazo muy breve. Sin firma manuscrita no hay demanda válida.
¿Sirven las capturas de pantalla de WhatsApp como prueba documental?
Solo si las presentas como documento numerado, con índice y, preferiblemente, con notario o acta notarial que certifique su contenido y fecha.
¿Debo llevar los originales a la vista del juicio verbal?
Sí, llévalos para exhibirlos si el juez lo pide, pero el juzgado se queda con las copias que adjuntaste a la demanda.
¿Cómo sé si mi caso necesita abogado y procurador?
Revisa los artículos 23.2 y 31.2 de la LEC: en juicio verbal hasta 15 000 € no son preceptivos salvo excepciones; en juicio ordinario sí lo son.
Fuentes oficiales
- LOPJ, Ley Orgánica 6/1985, art. 231 y art. 231.4 (lengua oficial propia de las Comunidades Autónomas y traducción) 2026-10-19
- Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, art. 250.2 (juicio verbal por razón de la cuantía, hasta 15000 EUR) 2026-10-19
- Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, art. 399 (contenido y forma de la demanda) 2026-10-19
- Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, art. 437 (contenido de la demanda en el juicio verbal y documentos que la acompañan) 2026-10-19
Información general sobre trámites judiciales. No es asesoramiento jurídico ni crea una relación abogado-cliente. Las normas cambian: comprueba las instrucciones publicadas por el juzgado antes de presentar nada.