- 01Firma a mano, numera los anexos y completa el domicilio del demandado antes de presentar.
- 02Elige el cauce correcto según la cuantía (15 000 € límite para juicio verbal).
- 03Comprueba si necesitas abogado o procurador; si no, no los incluyas sin designación expresa.
Qué es una reclamación previa y por qué importa
María vendió un sofá por Wallapop y el comprador no paga. Antes de presentar la demanda, María se pregunta qué es una reclamación previa y qué debe contener para que el Juzgado de Primera Instancia la admita a trámite. Este escrito es el primer paso formal en muchos procesos civiles y, si no cumple los requisitos, el juzgado lo devuelve sin abrir el procedimiento. Las normas cambian y la instrucción actual del juzgado es la que manda.
Error 1: Falta de firma manuscrita
El escrito debe llevar firma a mano al final, con nombre en letra de imprenta, domicilio y teléfono de contacto. Un documento sin firma no se tiene por presentado por la parte (LEC art. 399). Solución: imprime la demanda, fírmala con bolígrafo y vuelve a escanear si vas a presentar telemáticamente.
Error 2: Documentos sin numerar ni índice
La LEC exige acompañar los documentos con la demanda y relacionarlos de forma ordenada (LEC art. 437). Si entregas facturas, correos o capturas sin número correlativo ni índice, el letrado de la administración no puede referirse a cada uno. Solución: numera cada anexo como "documento nº 1", "documento nº 2"… y añade una hoja de índice al principio.
Error 3: Domicilio del demandado incompleto
Sin un domicilio válido para practicar el emplazamiento, la oficina judicial no puede dar curso a la demanda. A veces basta con el piso y la escalera, pero si falta el código postal o la provincia, el escrito se devuelve. Solución: verifica la dirección en el DNI, en el contrato o en el registro de la comunidad y complétala antes de presentar.
Error 4: Cauce equivocado (juicio verbal vs ordinario)
El límite para el juicio verbal es 15 000 € (LEC art. 250.2). Si reclames 18 000 € y presentas por la vía verbal, el juzgado lo rechazará; lo mismo ocurre al revés. Solución: calcula la cuantía exacta, incluidos intereses y costas, y elige el procedimiento correspondiente.
Error 5: Falta de abogado o procurador cuando es preceptivo
En determinados asuntos la ley exige la intervención de abogado y procurador (LEC arts. 23.2 y 31.2). Presentar la demanda sin ellos, o con representación en un caso donde no es obligatoria y no constar la designación, provoca el archivo. Solución: consulta la tabla de materias del juzgado o pregunta en el servicio de orientación jurídica antes de firmar.
Checklist rápido antes de presentar
- Demanda firmada a mano con datos de contacto.
- Copias para cada demandado y original para el juzgado.
- Documentos numerados correlativamente y con índice.
- Domicilio completo del demandado.
- Cuantía correcta y cauce procesal adecuado.
- Abogado/procurador si la norma lo exige.
- Traducción al castellano si usas lengua cooficial fuera de su ámbito (LOPJ art. 231.4).
Tabla de documentos obligatorios
| Documento | Número | Observaciones |
|---|---|---|
| Demanda firmada | 1 | Original + copias |
| Factura o contrato | 2 | Numerado y referenciado en los hechos |
| Justificante de pago (si procede) | 3 | Captura de transferencia o recibo |
| Certificado de empadronamiento del demandado | 4 | Para acreditar domicilio |
| Poder notarial (si hay representación) | 5 | Solo cuando sea preceptivo |
Qué hacer si te la devuelven
Si el juzgado devuelve el escrito, lee el auto de inadmisión: suele indicar el defecto concreto. Corrige solo lo señalado, vuelve a firmar y presenta de nuevo dentro del plazo que fije el letrado. No hace falta iniciar un nuevo procedimiento, basta con subsanar el error. Recuerda que la tasa judicial, si procede, se abona en el momento de la presentación definitiva; el importe lo fija el juzgado según la cuantía.
Enlaces útiles para seguir preparando tu caso
- Consulta un modelo de reclamación previa para ver la estructura completa.
- Repasa cómo demandar a alguien y elegir el trámite adecuado.
- Infórmate sobre la proposición de pruebas en juicio verbal según la ruta que elijas.
- Accede a las guías procesales para pasos concretos en tu comunidad.
- Descubre cómo funciona el servicio si prefieres apoyo automatizado.
Nota: La información aquí es orientativa. Las reglas procesales pueden modificarse; verifica siempre la normativa vigente y las instrucciones del juzgado competente.
Comprueba el formato antes de presentar
Consulta qué exige el juzgado de tu zona y qué incluye un paquete preparado.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si presento la demanda sin firma?
El juzgado no la tiene por presentada y la devuelve. Debes firmar a mano y volver a entregarla.
¿Puedo presentar la reclamación previa en catalán fuera de Cataluña?
Solo si ninguna parte alega no entenderla; en caso contrario debes aportar traducción al castellano (LOPJ art. 231.4).
¿Cómo sé si mi asunto necesita abogado y procurador?
Consulta los arts. 23.2 y 31.2 de la LEC o pregunta en el servicio de orientación jurídica del juzgado.
¿Qué hago si el juzgado me devuelve la demanda por cauce equivocado?
Corrige la vía (verbal u ordinario) según la cuantía, vuelve a firmar y presenta de nuevo dentro del plazo que indique el letrado.
Fuentes oficiales
- LOPJ, Ley Orgánica 6/1985, art. 231 y art. 231.4 (lengua oficial propia de las Comunidades Autónomas y traducción) 2026-10-19
- Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, art. 250.2 (juicio verbal por razón de la cuantía, hasta 15000 EUR) 2026-10-19
- Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, art. 399 (contenido y forma de la demanda) 2026-10-19
- Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, art. 437 (contenido de la demanda en el juicio verbal y documentos que la acompañan) 2026-10-19
Información general sobre trámites judiciales. No es asesoramiento jurídico ni crea una relación abogado-cliente. Las normas cambian: comprueba las instrucciones publicadas por el juzgado antes de presentar nada.