- 01Apunta la cantidad total y comprueba que no pasa de 15.000 euros antes de elegir juicio verbal.
- 02Firma a mano, numera los documentos con índice y lleva copia de la demanda para cada demandado.
- 03Confirma el domicilio del demandado, el partido judicial y si tu caso exige abogado y procurador.
María le transfirió 1.800 euros a un conocido por un encargo de reforma que nunca empezó. Han pasado las reclamaciones por mensaje y la factura autónomo sigue sin pagar; ahora quiere saber cómo demandar a un particular sin abogado y sin perder el tiempo en el mostrador del juzgado. Esta recorrido sigue ese orden exacto: primero decides qué vas a pedir, luego dónde, después qué documentos unes y, por último, cómo presentas.
Antes de nada: las normas cambian y mandan las instrucciones vigentes del juzgado que te corresponda. Lo que sigue es información general, no asesoramiento, y lo que decida la oficina judicial o la secretaría en tu caso es lo que cuenta.
Decide qué cantidad reclamas y cómo se califica
Escribe una cifra clara: principal, intereses si los reclamas y cualquier gasto que exijas con factura. Comprueba que la suma total no pasa de 15.000 euros para que el asunto se tramite como juicio verbal; por encima de esa cifra, la Ley de Enjuiciamiento Civil lo encauza como juicio ordinario (art. 250.2 LEC).
Ese número no es un trámite menor: decide el tipo de escrito, el contenido de la demanda y si después tendrás que seguir otra vía. Apunta también la fecha en que venció la obligación y la última vez que el demandado contestó; te servirán para ordenar los hechos.
Comprueba si necesitas abogado y procurador
En el juicio verbal, el artículo 23.2 de la LEC dice que la intervención de abogado y procurador no es preceptiva; el art. 31.2 regula la comparecencia sin ellos. Aun así, puede ser obligatoria en tu asunto concreto, así que compruébalo antes de redactar (art. 23.2 LEC).
Si el tribunal o la oficina judicial te indica que en tu caso son necesarios, tendrás que designarlos. Dudas parecidas resuelve nuestra ficha sobre abogado en juicio verbal.
Localiza al demandado y el juzgado competente
Necesitas el nombre y apellidos o la denominación social, el NIF o CIF y, sobre todo, un domicilio donde practicar el emplazamiento. Un domicilio incompleto es una de las causas habituales de devolución: sin dónde notificar, el juzgado no puede dar curso a la demanda.
Confirma el partido judicial según el domicilio del demandado o el lugar de los hechos. Apunta el número de procedimiento si ya existe expediente y la referencia del juzgado; en el nuevo asunto, ese dato lo asignará la oficina judicial al admitirlo.
Ordena los documentos antes de redactar
Junta primero lo que vas a probar. Una lista corta te ahorra el susto de descubrir, en la ventanilla, que falta el justificante que mencionas en los hechos.
| Documento o dato | Para qué sirve |
|---|---|
| Identificación de las partes (NIF/DNI y domicilio) | Identificar al demandante y al demandado, y fijar dónde se emplaza |
| Contrato, presupuesto o聊天 | Acreditar el origen de la obligación |
| Transferencia, recibo o factura impagada | Probar el importe reclamado y el pago que ya hiciste |
| Mensajes o correo con fechas | Mostrar reclamaciones previas y la postura del demandado |
| Índice correlativo de documentos | Permitir que el juzgado se refiera a cada uno como «documento nº 1», «documento nº 2»… |
El art. 437 LEC enumera lo que suele acompañar a la demanda en el juicio verbal; el art. 399 se ocupa del contenido y la forma. Relaciona cada pieza en un índice y numéralas a partir del primero; así el secretario judicial sabrá a qué te refieres.
Redacta la demanda en el orden que espera el juzgado
Empieza por los datos de identificación de las partes, sigue con los hechos numerados y termina con la petición concreta: qué cantidad pides, intereses si proceden y quién debe pagar las costas. Los hechos van en orden cronológico y sin adornos; cada párrafo debe enlazar con un documento del índice.
Al final, firma a mano, escribe tu nombre en letra de imprenta, tu domicilio y un teléfono de contacto. Esa firma manuscrita se pone antes de presentar, no después: un escrito sin firma no se tiene por presentado.
Revisa el cauce: verbal u ordinario
Vuelve a comprobar la cuantía total y el tipo de procedimiento. Pedir juicio verbal por una suma superior al límite legal, o lo contrario, es otra causa habitual de rechazo.
Confirma también si en tu asunto son preceptivos abogado y procurador y si alguna parte va a comparecer en catalán, euskera o gallego fuera de su comunidad o alega no entender esa lengua. En ese caso, acompaña la traducción al castellano que exige el art. 231.4 LOPJ.
Presenta la demanda y guarda el justificante
Cuando ya tengas todo, sigue este recorrido en orden:
- Escribe la demanda con identificación, hechos numerados y petición.
- Firma a mano y añade nombre, domicilio y teléfono.
- Numera los documentos y prepára un índice con la referencia de cada uno.
- Revisa la cuantía y el tipo de juicio; comprueba la intervención de abogado y procurador si el caso lo exige.
- Prepara una copia de la demanda por cada parte demandada, además del original para el juzgado.
- Confirma el juzgado y el partido judicial competente.
- Presenta por el cauce que indique la oficina judicial y guarda el justificante de notificación.
- Espera el emplazamiento: la oficina judicial avisará al demandado y te comunicará los siguientes pasos.
En esta fase manda el horario y el sistema de admisión de tu juzgado. Si te devuelven el escrito, lee el motivo, corrige solo ese punto y vuelve a presentar; no hace falta empezar de cero.
Qué pasa después de la admisión
Una vez admitida, se practica el emplazamiento y el demandado puede contestar en el plazo que fije el juzgado. Después se señala la vista y recibes la citación; lleva copia de la demanda, los originales y el justificante de notificación.
Si el importe no llega a 15.000 euros, el trámite es el juicio verbal y puedes defenderte por tu cuenta cuando la ley no exija letrado. El art. 31.2 LEC regula esa comparecencia, pero el secretario judicial o el juzgado pueden pedirte aclaraciones o documentos concretos.
Antes de firmar, repasa esta checklist
- Hechos numerados y petición con la cantidad exacta.
- Firma manuscrita, nombre, domicilio y teléfono.
- Copia para cada demandado y original para el juzgado.
- Documentos numerados y listados en un índice.
- Cuantía y tipo de juicio comprobados (hasta 15.000 euros para verbal).
- ¿Abogado y procurador necesarios en este asunto? Revisado.
- Domicilio del demandado completo y partido judicial confirmado.
- Traducción al castellano, si el caso la exige.
Si quieres seguir el mismo esquema con tu expediente, prueba el flujo de preparación y consulta la página del juzgado que te corresponde. También puedes mirar los juzgados que cubrimos o abrir nuestros guías breves antes de ir a la ventanilla. Y si prefieres leer más antes de decidir, aquí tienes el índice de artículos.
Comprueba el formato antes de presentar
Consulta qué exige el juzgado de tu zona y qué incluye un paquete preparado.
Preguntas frecuentes
¿Puedo demandar a un particular sin abogado?
En el juicio verbal, el art. 23.2 de la LEC dice que abogado y procurador no son preceptivos, salvo que la ley exija intervención en tu asunto. Comprueba ese punto antes de presentar y, si surge duda, pregunta en la oficina judicial.
¿Qué pasa si no sé dónde vive el demandado?
Sin un domicilio en el que practicar el emplazamiento, la oficina judicial no puede dar curso a la demanda. Localiza una dirección completa o informa al juzgado de cualquier dato que permita localizarle.
¿Cuánto puedo reclamar para que sea juicio verbal?
El límite del juicio verbal por razón de la cuantía es de 15.000 euros según el art. 250.2 LEC. Si la suma que pides es superior, el asunto se tramita como juicio ordinario.
¿Qué hago si el juzgado devuelve mi demanda?
Lee el motivo de la devolución, corrige solo ese punto (firma, índice, domicilio o cauce) y vuelve a presentar. El juzgado puede pedirte aclaraciones o documentos; guarda siempre el justificante de notificación.
Fuentes oficiales
- LOPJ, Ley Orgánica 6/1985, art. 231 y art. 231.4 (lengua oficial propia de las Comunidades Autónomas y traducción) 2026-10-19
- Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, art. 250.2 (juicio verbal por razón de la cuantía, hasta 15000 EUR) 2026-10-19
- Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, art. 399 (contenido y forma de la demanda) 2026-10-19
- Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, art. 437 (contenido de la demanda en el juicio verbal y documentos que la acompañan) 2026-10-19
Información general sobre trámites judiciales. No es asesoramiento jurídico ni crea una relación abogado-cliente. Las normas cambian: comprueba las instrucciones publicadas por el juzgado antes de presentar nada.